10 cosas que debes saber del pago mensual del IVA de tu emprendimiento

Iva tips / Fotografía: Pixabay

Al tener tu empresa constituida formalmente, mes a mes tienes una serie de responsabilidades que cumplir. Una de ellas es declarar y pagar los impuestos que deben ser retenidos y enterados en las arcas fiscales, como el IVA. En el siguiente texto, te entregamos 12 dudas, preguntas y detalles que debes saber sobre este tema.
En este sentido, lo primero que debes saber es que todas las personas naturales, jurídicas y entes sin personalidad jurídica (como comunidades, sociedades de hecho, etc) o que tengan un negocio (es decir que hagan ventas, ofrezcan servicios o actúen en alguna actividad que esté sujeto a impuesto) deben declarar mensualmente sus impuestos.

Se puede dar la posibilidad que estés algo complicado con el pago de esta responsabilidad. No te preocupes, hay opciones y soluciones. De acuerdo al Servicio de Impuestos Internos (SII), estos son los detalles en los cuales debes poner atención:

  1. ¿Se puede postergar el pago del IVA mensual? Sí. Las micro, pequeñas y medianas empresas pueden postergar la fecha del pago del IVA hasta dos meses después de la fecha de pago correspondiente.
  2. ¿Qué debo hacer para aplazar el IVA mensual? Para tomar este beneficio debes estar acogido al sistema de tributación simplificada 14 ter o al régimen general de contabilidad completa o simplificada. Para tomar esta opción durante este año 2016, los ingresos de de tu empresa no pueden superar 100 mil UF durante el 2015. Desde 2017 en adelante, el requisito es que los ingresos promedio anuales de la empresa no hayan excedido las 100.000 UF los últimos 3 años comerciales.
  3. ¿Cómo postergo el IVA? Debes realizar la declaración del IVA mensual a través del formulario 29 y llenar el casillero 756 de postergación de pago del IVA. En el caso de factura electrónica, el trámite se puede hacer hasta el día 20 del mes correspondiente. Esto generará un giro para pagar el impuesto hasta el día 12 (factura papel) o el 20 (factura electrónica) del mes subsiguiente.
  4. ¿Al postergar el IVA, se posterga la presentación del formulario 29? No. Este beneficio solo posterga el pago del IVA, no así la presentación del formulario 29.
  5. Al postergar el IVA, ¿pago multas? No se pagan multas ni intereses mientras se pague dentro del nuevo plazo de dos meses.
  6. Si no pago el IVA dentro de los dos meses de postergación, ¿Hay multas? En ese caso, las multas e intereses se aplican desde la fecha de vencimiento de la postergación.
  7. ¿Al aplazar el IVA, puedo pagarlo antes del plazo de los dos meses? Sí, el beneficio es para pagar desde el momento en que se realiza la declaración de IVA, en el plazo que corresponde, hasta dos meses después.
  8. ¿Puedo postergar una parte del monto total del IVA? La postergación de pago es aplicable al monto total del IVA devengado por un período tributario, y no a una parte del impuesto. Por lo tanto, el IVA se debe pagar completo al cumplirse los dos meses de plazo.
  9. ¿Cuántas veces al año puedo postergar el pago del IVA? Se puede postergar en cada período que se declare el IVA, es decir, en cada uno de los meses del año, de acuerdo a la decisión y necesidades del contribuyente.
  10. ¿En qué casos no puedo postergar el IVA? Si al solicitar la postergación de IVA, existe morosidad reiterada en el pago del IVA o en el pago del Impuesto a la Renta. Se considerará que el contribuyente presenta morosidad reiterada si, en el caso del IVA, adeuda, a lo menos, los impuestos correspondientes a 3 períodos tributarios dentro de un período cualquiera de 12 meses o, en el caso del Impuesto a la Renta, adeuda dos años tributarios consecutivos.
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