La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó recientemente el recurso de protección interpuesto por los cripto-operadores chilenos frente a los bancos que en mayo pasado cerraron de forma unilateral las cuentas de estos exchanges. En este caso, en el caso particular de buda.com contra el Banco Itaú, la entidad judicial sostuvo que por parte de la casa financiera se habían hecho todos los pasos adecuados. Desde los ex Sur BTC, lamentaron esta decisión, indicando que es una señal negativa para el libre emprendimiento.
Samuel Cañas, Gerente Legal de Buda.com, lamentó la decisión de la Corte de Apelaciones, consideramos que sí ha debido darse lugar al recurso de protección para restablecer nuestro derecho al libre emprendimiento, confirmando el cierre abusivo de nuestra cuenta corriente”.
Sin embargo, “Buda.com ha optado por no apelar la sentencia ante la Corte Suprema y en cambio continuará defendiendo su derecho a emprender y competir ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en su calidad de juez de fondo encargado de prevenir, corregir y sancionar atentados a la libre competencia tales como el cometido por el banco Itaú”, describió Cañas.
Respecto a cómo esto afecta a esta naciente industria, el encargado legal del cripto-operador explicó que “es lamentable, en cuanto se avalan conductas que a nuestro parecer tienen por objeto el afectar las garantías constitucionales que asisten a los emprendedores chilenos”
En tanto, de cara a los usuarios de estas monedas digitales, Cañas manifestó que este dictamen “no va a afectar el funcionamiento de Buda.com. Se va a seguir operando normalmente” y no hay peligro de un nuevo cierre de las cuentas ya que aún se mantiene plenamente vigente la medida cautelar otorgada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que obliga a los bancos a mantener las cuentas abiertas”, sentenció.
Cabe recordar que el TDLC rechazó en mayo pasado las apelaciones presentadas por diferentes casas bancarias, incluído el Banco Itaú, quienes buscaban revertir el fallo del mismo organismo que los obligaba a reabrir las cuentas corrientes cerradas a los operadores chilenos detallando que los argumentos expuestos por los bancos “no son suficientes para desestimar la necesidad de mantener la medida cautelar”.