Por su parte, quienes hayan contraído deudas en el exterior, deben presentar la Declaración Jurada Anual sobre Endeudamiento con el Exterior (N° 1930), que reemplaza a los Formularios N° 1857, 1858, 1859, 1860 y 1861, con un formato más simple y fácil de llenar, y que no se limita solo a operaciones o instrumentos vinculados con las normas de exceso de endeudamiento.
Finalmente, la Declaración Jurada Anual sobre el Reporte País por País (N° 1937) debe ser presentada por grupos multinacionales chilenos de forma adicional al Formulario 1907 sobre Precios de Transferencia. Su incorporación está en el contexto del Plan de Acción contra la Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios (BEPS) de la OCDE, y corresponde al Informe País por País que exige a las empresas multinacionales que declaren anualmente, por cada jurisdicción fiscal en la que operan, la cuantía de sus ingresos y beneficios antes del impuesto sobre sociedades, así como el importe del impuesto sobre sociedades percibido y devengado.
En la web del SII se puede acceder a través del menú Servicios online, opción “Declaraciones Juradas de Renta”, donde los contribuyentes pueden cumplir con su obligación y/o acceder a más información.