¿Cómo hacer tu declaración de Renta 2018 si eres una pequeña o mediana empresa?

Crédito: Freepik

La primera Declaración de Renta de las Pymes, Micro Pymes o de todo tipo de emprendedores puede ser confusa y estresante. Teniendo esto en mente, acá te presentamos algunos datos claves para no equivocarse en el proceso.

Las diferencias

Ya entró en pleno funcionamiento la reforma tributaria y las pequeñas y medianas empresas del país deben prestar atención a qué se enfrentarán en sus declaraciones de impuestos.

Estas deben considerar por primera vez los dos nuevos sistemas tributarios que operan a la vez desde enero de este año 2018: de renta atribuida, técnicamente conocido como 14 A, y el sistema semi integrado o 14 B.

Por un lado, el sistema semi integrado o 14 A se realiza en base a la contabilidad completa con imputación total de crédito del impuesto de primera categoría a los socios de la empresa. Por otro, el 14 B, se calcula en base a la contabilidad completa con imputación parcial de crédito del impuesto de primera categoría a los socios de la empresa.

Esto puede sonar difícil pero se simplifica así: El impuesto de primera categoría corresponde a rentas de capital, comerciales, industriales, mineras y otras. Cada tipo de sistema tributario se aplica a la empresa según lo que esta aceptó al plantearse la Reforma Tributaria, elección que comenzó el 1 de junio del 2016.

Lo que debes hacer

Dentro de estos dos Regímenes Tributarios cabe destacar que se deben presentar 3 Declaraciones Juradas para cada uno:

  • Declaraciones Juradas relevantes para el régimen de renta atribuida (14 A):
    • DJ 1923: Determina la RLI y el Rº a atribuir a los socios o dueños. Esta debe presentarse hasta el 22 de Marzo y consta de 2 secciones; Datos Generales y Datos de la RLI.
    • DJ 1940: Retiros, remesas y distribuciones de los socios. Esta debe presentarse hasta el 22 de Marzo y consta de 3 secciones; Datos del Declarante, Datos de Retiros y Retiros en Exceso.
    • DJ 1938: Movimientos en saldos de los Registros Empresariales. Esta debe presentarse hasta el 22 de Marzo y consta de 3 secciones; Datos Generales, Datos de los Registros y Tasa Promedio Efectiva del FUT.
  • Declaraciones Juradas relevantes para el Régimen Semi Integrado (14 B)
    • DJ 1926: Base Imponible de Primera Categoría y Datos Contables del Balance. Esta debe presentarse hasta el 15 de Marzo y consta de 3 secciones; Datos del Declarante, Datos de la RLI y Ajustes al Patrimonio Financiero.
    • DJ 1941: Retiros, Remesas y Distribuciones de los Socios. Esta debe presentarse hasta el 7 de Marzo y consta de 2 secciones; Datos de Declarante y Datos de los Retiros.
    • DJ 1939: Movimientos en los Saldos de los Registros Empresariales. Esta debe presentarse hasta el 15 de Marzo y consta de 3 secciones; Datos Generales, Datos de los Registros y Tasa Promedio Efectiva de FUT.

Los consejos

Karem Cepeda, Directora de Ingeniería en Administración e Ingeniería en Recursos Humanos de Inacap, entrega algunos consejos para enfrentar este proceso de la mejor manera posible:

  1. Trabajar ordenadamente en el Registro de Utilidades que corresponda al Régimen Tributario Seleccionado. Si tiene combinación de ambos, deberá revisar los efectos impositivos de la combinación.
  2. En el caso que haya utilizado utilidades que pagaron el impuesto sustitutivo al FUT, deberá registrarlo adecuadamente para evitar confusiones con las utilidades que pagan impuesto.
  3. Se deberá establecer a qué utilidades se imputaran retiros (según su orden de imputación) para tales efectos se consideran retiros, disminuciones de capital y los créditos asociados.
  4. Prepara debidamente las declaraciones juradas a emitir, previa y posteriormente al proceso de Operación Renta. Esta información complementaria es revisada y controlada por el SII y, de presentarse inconsistencias en ambos (Declaraciones Juradas y Formulario 22), se rechazará la declaración, lo que genera procesos de fiscalizaciones posteriores.
  5. En el caso de pequeños contribuyentes en regimenes preferenciales, se deben tener los beneficios tributarios utilizados en el año para preparar la declaración en el proceso de Operación Renta, tales como depreciaciones aceleradas o instantáneas, suspensión de pago de impuestos (IVA y PPM), aplicación o imputación de parte de utilidades como gastos, restricciones al uso de gastos generales y particulares, entre otros.
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