Todo lo que debes saber sobre la “Ley de quiebras”

Crédito: Flickr / Ken Teegardin

Lamentablemente no siempre todo sale bien, y a pesar de todos tus esfuerzos, puede ser que tu emprendimiento no tenga el éxito que esperabas. Como esto siempre es una posibilidad, es importante que sepas cómo funciona la “Ley de quiebras“. Mira a continuación para aprender en qué consiste.

¿Qué es la Ley de quiebras?

Lo primero que debes saber es que la conocida “Ley de Quiebras” fue reformulada en 2014 con el nombre oficial de Ley de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas (Ley N°20.720), aunque se le sigue conociendo por su nombre original.

Esta ley busca solucionar los problemas financieros de personas y negocios. Es decir, les permite renegociar sus deudas o liquidar bienes para así, lograr salir del estado de mora y volver a emprender si lo desean.

¿Qué requisitos debe cumplir tu emprendimiento?

Según una entrevista de Comunidad Empresas al abogado de Defensa Deudores, Mario Espinosa, a esta ley se pueden acceder a dos tipos de procedimientos: la Reorganización y la Liquidación. En ninguno de estos casos hay requisitos específicos más allá de tener un negocio viable o encontrarse estados de insolvencia, respectivamente.

¿Cómo se elige qué procedimiento seguir?

En el caso de la reorganización, está pensada para microempresas viables, en base a la propuesta que ofrece la empresa. En tanto, si no es aprobada, podría pasar a una fase de Liquidación, donde existe la pérdida de bienes.

¿Qué pasa con el dueño del emprendimiento luego de la liquidación?

Pueden haber dos efectos fundamentales, o la rehabilitación financiera de la empresa (que elimina los antecedentes de morosidad en el sistema) o la remisión de los saldos insolutos (la deuda que se mantiene luego del remate de bienes, se extingue por el solo ministerio de la ley). De esta manera, la microempresa puede quedar también sin antecedentes financieros de morosidad y sin deuda en este segundo caso.

¿Cuáles son las etapas del proceso?

En primer lugar se realiza una presentación de la solicitud de inicio del procedimiento de reorganización ante tribunal competente. Este documento pasa en un segundo paso a una revisión de parte del Veedor ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento. Luego, la empresa debe presentar la propuesta de Acuerdo de Reorganización, para que se realice la verificación, objeción e impugnación de los créditos de los acreedores.

Así en un plazo máximo de cuatro meses, la junta de Acreedores debe conocer y pronunciarse sobre la propuesta de Acuerdo de Reorganización, y aprobar eventualmente el acuerdo de Reorganización Judicial.

¿Has pasado por este proceso? ¿Tienes algún consejo para compartir? Puedes hacerlo abajo, en los comentarios.

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