Espacios de Co-Works en Chile crecen más de 20% en el último año

Foto: Pixabay

Un crecimiento del 23,8% ha experimentado durante el último año el subarrendamiento de oficinas en Chile, especialmente en el formato Co-Work, según arrojaron cifras de Emergent Research. Este formato está siendo adoptado especialmente por empresas en etapas iniciales.

Jaime Sarrà, gerente general de la Asesora Inmobiliaria NAI Sarrà, afirmó que este formato ha tenido un boom principalmente por el crecimiento que han tenido los jóvenes emprendedores en Chile. “Según las últimas cifras entregadas por el INE, los emprendedores en nuestro país alcanzan a 1.730.000, concentrándose el 35% de ellos en la capital, lo que ha exigido nuevos espacios de trabajo”.

Los cowork además ser una oportunidad para conocer a otros emprendedores y sumar fuerzas para cada emprendimiento, no requieren de una inversión inicial, sino que se aprovechan los servicios comunes tales como recepcionista, teléfono, internet, impresoras, salas de reuniones, cafetería, etc., y al ser un espacio colaborativo estos gastos se comparten, siendo una excelente alternativa para aquellos que están comenzando su negocio.

“Los espacios de Cowork nacen a fines del 2011 por la necesidad de los emprendedores de contar con un espacio físico que facilitara el desarrollo de los proyectos, generando una comunidad que permitiera intercambiar conocimientos, ideas, y colaboración entre sí.  Son lugares que no requieran de gran infraestructura. En la actualidad, este formato inicial también ha dado un vuelco, generando espacios para otro tipo de negocios”, agregó Sarrà.

Asimismo, desde la asesora afirmaron que los espacios colaborativos, además de reducir los costos fijos en cerca de un 25% para quienes hacen uso de estas dependencias, generan impacto en las zonas o barrios donde se ubican, pues, en algunos casos se han recuperado edificios o incluso fábricas que estaban en desuso o abandonadas.

El subarrendamiento en Chile, está normado bajo Código Civil, en el que establece que todo inmueble se puede subarrendar en la medida en que se cuente con la autorización expresa del arrendador. Esta autorización podrá estar contenida anticipadamente en el contrato de arriendo o bien solicitarse de manera posterior. En caso de que se acepte, el contrato de subarriendo en ningún caso podrá tener un plazo mayor al contrato de arriendo.

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