Subsidio al nuevo empleo: Cómo y hasta cuándo postular

Las postulaciones al subsidio están abiertas hasta el 31 de mayo y el pago se hará directamente en la cuenta bancaria indicada en el proceso.

A inicios de este mes el Gobierno lanzó el subsidio al nuevo empleo, el cual va en directo beneficio al trabajador/ra y basta con que tenga un nuevo contrato de trabajo a partir del 1 de abril de 2021 y que su remuneración Mensual Bruta (RMB) no exceda los $979.503 (equivalente a 3 ingresos mínimos mensuales).

Las postulaciones a este nuevo subsidio están abiertas hasta el 31 de mayo de 2021 en el sitio web https://www.subsidioalempleo.cl/  y el pago se hará directamente en la cuenta bancaria indicada en el proceso de postulación.

Muy importante: para realizar el trámite vía online necesitas tener tu Clave Única, si no la tienes debes solicitarla, para esto tienes dos maneras: vía telemática por videollamada o presencial en oficinas del Registro Civil o de Chile Atiende.

MONTOS DEL SUBSIDIO

Existen dos tramos: para trabajadores que tengan una RMB superior a $326.500 y para trabajadores que tengan una RMB menor a $326.500.

1.- Si el trabajador tiene una Remuneración Mensual Bruta (RMB) igual o mayor a $326.500 recibirá:

$50.000 mensuales por hasta 6 meses para hombres mayores de 24 años.

$70.000 mensuales por hasta 6 meses para personas que estén dentro de los siguientes grupos:

  • Mujeres.
  • Jóvenes mayores de 18 años y menores de 24 años.
  • Personas en situación de discapacidad debidamente certificada.
  • Beneficiarios de pensión de invalidez.

2.- Si el trabajador beneficiario tiene una RMB menor a $326.500 recibirá:

  • Un monto equivalente al 15% de su RMB por hasta 6 meses en caso de hombres mayores de 24 años.
  • Un monto equivalente al 20% de su RMB por hasta 6 meses en caso de mujeres, jóvenes mayores de 18 años y menores de 24 años, personas con discapacidad debidamente certificada y beneficiarios/as de pensión de invalidez.

NO PODRÁN ACCEDER AL SUBSIDIO

Las personas que se encuentren trabajando de manera informal o independiente. O que presten servicios al Estado, de manera dependiente e independiente. Tampoco aquellas que estén suspendidas por la Ley de Protección del Empleo (incluye Ley de Crianza Protegida); o que sean beneficiarias/os del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) y Subsidio al Empleo Joven (SEJ); y aquellos que estén con licencia médica (incluye pre y postnatal).

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