Operación Renta 2023: 5 declaraciones juradas que debes presentar

El calendario de declaraciones juradas 2023 del SII ya se publicó y se deben presentar entre el 1º de marzo y el 30 de junio de este año.

Cada vez se acerca más el proceso anual de declaración de renta, por lo que es esencial mantenerse actualizado y prepararse con tiempo. Para apoyar a contadores y pymes en este proceso, Nubox lleva a cabo una serie de acciones e iniciativas con expertos para aclarar los temas que generan más dudas.

Justamente uno de los aspectos clave para superar con éxito la Operación Renta es conocer el calendario de declaraciones juradas y de qué se trata cada una. A continuación, Fernanda Silva, contadora auditora y Nubox partner, explica 5 declaraciones juradas que se deberán presentar durante este proceso.

  • Declaración jurada Nº 1947

Esta es una de las imprescindibles, ya que corresponde al Régimen Pro Pyme Transparente y está enfocada en la base imponible de primera categoría. Tiene como plazo final de presentación el 30 de marzo de parte de las sociedades con socios que sean personas naturales, así como para las empresas individuales. Debe ser presentada con el Formulario 22.

  • Declaración jurada Nº 1948

Corresponde al Régimen General y contempla retiros, remesas y/o dividendos distribuidos o cantidades distribuidas a cualquier título y créditos correspondientes, efectuados por contribuyentes sujetos al régimen de la letra A) y al número 3 de la letra D) del artículo 14 de la Ley de Impuesto a la Renta (LIR), y sobre saldo de retiros en exceso pendientes de imputación.

Tiene diferentes fechas finales para presentarse, para las sociedades anónimas abiertas es el 14 de marzo; para las sociedades con socios que son personas jurídicas tiene como plazo final el 27 de marzo y para las sociedades con socios que son personas naturales es el 30 de marzo.

  • Declaración jurada Nº 1887

Se encuentra inserta en la categoría de las declaraciones juradas comunes y se trata de la declaración jurada anual sobre rentas del art. 42 Nº1 (sueldos), otros componentes de la remuneración y retenciones del impuesto único de segunda categoría de la Ley de la Renta. Forma parte de las declaraciones que se deben presentar sin excepción durante la Operación Renta, independientemente del régimen sobre el cual se tribute. Tiene como fecha tope de presentación el 28 de marzo.

  • Declaración jurada Nº 1879

Otra de las declaraciones juradas más comunes, que tiene que ver con retenciones efectuadas conforme a los artículos 42° N° 2 y 48° de la LIR y, al igual que la anterior, tiene como fecha de presentación final el 28 de marzo. 

  • Declaración jurada Nº 1835

Declaración jurada anual sobre bienes raíces arrendados y tiene como plazo final el 24 de marzo del presente año.

“Es importante que los contribuyentes estén bien informados sobre los requisitos y procedimientos necesarios para la declaración y pago de impuestos a la renta. La preparación cuidadosa de la documentación a presentar es clave para el éxito de la Operación”, comentó Fernanda Silva, contadora auditora de la Universidad de Chile y Nubox partner.

Por ello, la especialista ofrecerá junto a Nubox un nuevo seminario online gratuito llamado “Declaraciones juradas frecuentes”, en el que explicará los principales componentes de estas declaraciones, los pasos a seguir, las fechas establecidas para su presentación, entre otros temas. El webinar se realizará a través de Zoom, el próximo lunes 8 de febrero de 2023, a las 11:00 horas. Para poder participar deben inscribirse en el siguiente link: https://info.nubox.com/webinar-ddjj-frecuentes-2023

Para conocer en detalle las declaraciones juradas que contempla la Operación Renta 2023 se puede visitar el blog de Nubox con todo el calendario y plazos para declarar.

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